Desde 1997 regía una Ley de Copropiedad Inmobiliaria que ya cambió. Todo porque desde esta semana es reemplazada por una nueva norma que tendrá varios cambios para todos.
Porque no sólo significará nuevas obligaciones para los administradores, también dejará más claros algunos puntos. Uno de ellos, el que tiene relación con la tenencia de mascotas en condominios; departamentos y edificios.
El reglamento que entró en vigencia este jueves, especifica que no se “podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios; arrendatarios y ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades”.
Si tú vives en una comunidad donde se prohíba la tenencia de mascotas, el condominio tendrá el plazo de un año para adaptarse a este nuevo reglamento y permitirlas.
Condiciones que se debe cumplir
Eso sí, es necesario explicar que la ley toma la tenencia responsable como punto de partida. Y es que el documento explica que “se autoriza la tenencia de mascotas en las unidades, siempre y cuando éstas sean adecuadas al entorno, a la higiene y a la superficie de la unidad”.
Por otra parte, sólo se podrá tener mascotas que cumplan con las condiciones de esta ley. Es decir, deben ser mascotas que cuenten con datos de identificación y contacto claros en un collar y ellos serán incluidos en un registro que estará a cargo de la administración.
Este listado incluirá datos como tipo de mascota; domicilio y el nombre del tutor responsable.
Entre las obligaciones del tutor responsable estará tener al día un registro de controles y vacunas de la mascota a cargo, el que puede ser solicitado por la administración.
Además, no podrá dejar a sus mascotas en áreas comunes. Y es que “el aseo y necesidades de estos animales en ningún caso podrán realizarse dentro de los espacios comunes del condominio; ni aún a pretexto de estar acompañados por sus dueños. El propietario del animal será responsable de todos los daños o suciedades que este pueda ocasionar”.