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Madre demandó a colegio de sus hijos por bullying: Deberán pagarle más de 15 millones

Tras varios años peleando por justicia, una madre de la ciudad de Antofagasta finalmente consiguió que la Corte Suprema validara su postura acogiendo la sentencia contra el colegio por el bullying sus hijos.

Se trata de dos gemelos que sufieron abuso verbal y físico en colegio Bet-El de la Sociedad Educacional Emanuel limitada.

El caso ocurrió en 2016 cuando ambos hermanos comenzaron a tener problemas con el instructor de la banda del Colegio, quien habría ejercido maltrato psicológico.

La madre denunció rápidamente los hechos tanto a la directora como al inspector general, sin que se hiciera algo al respecto.

No fue un hecho aislado

El caso escaló y el episodio más grave habría tenido lugar el día 27 de septiembre de 2016 cuando el instructor de la banda expulsó a los menores de la academia, para luego, en una entrevista personal, agredirla verbalmente (a la madre) con garabatos frente a niños y apoderados manifestándole que él mandaba y que los menores ya no pertenecían a la banda.

Adicionalmente, sufrían maltrato psicológico y bullying por parte de sus compañeros, como golpes en la cabeza y en la espalda, pero los profesores no le daban importancia, y un día el maltrato fue tan fuerte que uno de sus hijos debió recibir atención médica con reposo de una semana. También le quitaban la colación y lo denostaban diciéndole que era gay“, relata parte de la sentencia.

La justicia había fallado favorablemente a favor de la mujer en 2019, sin embargo, en julio de 2020, la Corte de Apelaciones desestimó lo dictado y rechazó la demanda.

Por lo anterior, la mujer llegó a la Corte Suprema, la que consideró que hubo error al no fundamentar los motivos del rechazo de la demanda.

Con esto, el máximo tribunal invalidó el oficio de la Corte de Apelaciones y confirmó la sentencia que se había dictado en primera instancia, la que ordenaba al colegio pagar las siguientes sumas de dinero: 

$95.000, por concepto de daño emergente.

$5.000.000, por concepto de daño moral, para cada uno de los demandantes, la madre y los dos menores.