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Profesora que demandó al Estado chileno por prohibirle dar clases por ser lesbiana: “Espero justicia”

Esta historia tiene larga data. Entre 1985 y 2007, Sandra Pavez fue profesora de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré.

Sin embargo, ese 2007 se le negó la posibilidad de seguir ejerciendo la docencia.

¿La razón? Sandra confesó que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer. Por lo mismo, la Diócesis de San Bernardo le revocó el certificado de idoneidad para el cargo.

Aparte, la profesora se negó a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia Católica para “revertir” su orientación sexual.

Sandra Pavez siguió en el establecimiento, pero a su pesar, como inspectora general.

Y decidió demandar al Estado chileno. Situación que fue respaldada en 2019 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El organismo internacional declaró al Estado de Chile responsable de vulnerar el principio de igualdad y la vida privada de Sandra Pavez.

También se determinó que se violó su vida privada y autonomía, el principio de igualdad y no discriminación, y también el acceso a la función pública y al trabajo en condiciones de igualdad.

“Espero que se haga justicia”

En este contexto es que esta semana comenzó la audiencia de La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) por la demanda contra el Estado de Chile por la inhabilitación de la profesora.

Espero que se haga justicia, que el daño que se me hizo emocionalmente se repare de parte de la autoridad y decir que se equivocaron, que no por ser una persona que tengo otra orientación sexual, no tengo derecho a enseñar”, indicó la profesora.

Por mi orientación sexual no tengo derecho a enseñar, ni a entregar los valores que tengo como ser humano, ni a mostrar ese Dios que es un Dios de amor de misericordia, no es un Dios que condena ni enjuicia. Yo pido la reparación para mí para que se haga justicia“, dijo Pavez.

Según la demanda, la revocatoria del certificado de idoneidad se limitó a hacer explícito que el criterio diferenciador fue la orientación sexual de Sandra Pavez sin ofrecer motivo alguno que supere un test de objetividad y razonabilidad, mucho menos, un escrutinio estricto como el exigido cuando se trata de dicha categoría.

Es el primer caso de discriminación con base en el ámbito por orientación sexual en el ámbito laboral educativo. (…) La Corte podrá profundizar sobre las obligaciones de carácter inmediato en materia de no discriminación, derecho al trabajo en la función pública y poder establecer parámetros para que los Estados garanticen que sus políticas en materia de educación pública combatan los patrones sociales y culturales discriminatorios“, expresó en la audiencia el representante de la CIDH, Joel Hernández.

La audiencia culmina este jueves con los alegatos finales orales de las partes.