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Un triunfo para asegurar igualdad: TC declara inconstitucional a la homosexualidad como causal de divorcio

Pese a que en 2020 disminuyeron los divorcios en el país, sigue siendo un tema. Pero visto desde la manera en la que están consideradas las causales de separación definitiva en la ley.

¿Por qué? Porque el artículo 54 de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil es la que regula y entrega las causas detrás de un divorcio. Entre esas causas hay una controvertida y que está estipulada como “conducta homosexual”.

Algo que ha generado molestia porque es puesta al mismo nivel de otros motivos como: “atentando contra la vida o malos tratos graves”; “abandono”; “transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad”; “condena de crímenes o delitos”; “alcoholismo o drogadicción” y “tentativa para prostituir al otro cónyuges o a los hijos”.

Por lo mismo, es que en 2020 el Juzgado de Familia de Coquimbo decidió presentar un recurso de inaplicabilidad luego de recibir la petición de un hombre que solicitaba el divorcio con una mujer lesbiana.

Esta fue la razón por la cual Movilh se hizo parte del alegato señalando que “al ser la infidelidad también una causal de divorcio culposo, resulta innecesario, además de estigmatizante, que se hable de ‘conducta homosexual’en tanto en ningún caso se hace referencia a la heterosexualidad“.

Después de meses de que el juzgado de Coquimbo presentara la acción legal, al Tribunal Constitucional declaró como “inconstitucional” la ley de 2004 y que tipifica a la homosexualidad como causal de divorcio.

Algo que Oscar Rementería, vocero del Movilh celebró como paso histórico porque “se avanza hacia la derogación definitiva de una de las tres normas homofóbicas vigentes en Chile”.

Una decisión que aunque se mantiene en etapa de redacción, significa un avance para la comunidad LGBTIQ+, dejándolos en mayores condiciones de igualdad, una igualdad que sí o sí debería asegurar la ley.