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¿Hasta cuándo dura la restricción que solo permite vender ‘bienes esenciales’?

El gobierno anunció que la prohibición de venta de bienes no esenciales solo se extenderá hasta las 21:00 hrs del jueves 15 de abril.

Por lo que desde esa fecha, el comercio podrá retomar los despachos de productos de forma normal.

Dentro de los productos que se consideran esenciales, se encuentran los alimentos y bebestibles, aseo personal, higiene y limpieza, materiales para el teletrabajo, mueble, cuidado de casa y jardín, entre otros.

Luego de conocerse la medida, la Cámara Nacional de Comercio (CNC) expresó que “valoramos que el gobierno haya recapacitado, en base a toda la evidencia de estos últimos días, dejando sin efecto las nuevas restricciones que se impusieron para el funcionamiento del comercio”.

¿Cuáles son los nuevos productos esenciales?

Según lo publicado por el ministerio de Salud, los productos esenciales son los siguientes:

Bienes relativos a la subsistencia de la persona

Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y de líquidos.

Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.

Productos necesarios para la higiene personal: pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.

En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.

Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.

Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebe e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.

Artículos para mascotas: alimentos, accesorios de higiene y cuidado.

Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes: como mangueras,regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.

Bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia

Artículos electrónicos: computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.

Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.

Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble:

Artículos de cocina: tales como menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (ejemplos, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.

Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones,guateros, etc.

Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.

Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.

Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras,estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores,batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc.

Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.

Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.

Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.

Otros bienes

Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas,carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.